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Manual oficial de CDL de Illinois

Illinois Manual de CDL 2026

Guía de estudio gratis en línea con lectura por voz, marcadores y descarga en PDF.

Revisado por Jack Mahana, Instructor de CDL (más de 13 años) · Última actualización: 9 de septiembre de 2026

Capítulo 1 Introducción a la CDL de Illinois

Introducción a la CDL de Illinois

2 SECCIÓN 1 INTRODUCCIÓN A LA CDL DE ILLINOIS

Esta sección cubre

El programa de Licencia de Conducir Comercial (CDL) de Illinois está diseñado para mejorar la seguridad en nuestras carreteras mediante el cumplimiento de los requisitos federales de examen y licenciamiento de conductores comerciales. En 1986, el Congreso aprobó la Ley de Seguridad de Vehículos Motorizados Comerciales, la cual establece los estándares mínimos para el licenciamiento de conductores de vehículos motorizados comerciales (CMV).

Para obtener una CDL, usted debe aprobar todas las pruebas de conocimientos y habilidades necesarias. Este manual sirve como guía para ayudarle a aprobar las pruebas, pero no sustituye la necesidad de una clase o programa de capacitación para conductores de camiones. La capacitación formal es la manera más confiable de aprender las diversas habilidades especiales requeridas para conducir un vehículo comercial grande de manera segura y convertirse en un conductor profesional en la industria del transporte de carga.

Clearinghouse El Clearinghouse es una base de datos segura en línea que proporciona información en tiempo real sobre las violaciones a los programas de drogas y alcohol de los titulares de una Licencia de Conducir Comercial (CDL) y de un Permiso de Aprendiz Comercial (CLP) a los empleadores, la Administración Federal de Seguridad de Autotransportes (FMCSA), las Agencias Estatales de Licencias de Conducir (SDLA) y al personal de seguridad pública estatal.

Las SDLAs no deben emitir, renovar, actualizar ni transferir una licencia de conducir comercial (CDL) o un permiso de aprendizaje comercial (CLP), según corresponda, a ninguna persona que esté prohibida por las regulaciones de la FMCSA de realizar funciones sensibles a la seguridad, incluyendo la conducción de un vehículo motorizado comercial (CMV), debido a una o más violaciones del programa de drogas y alcohol.

1.1 — Vehículo motorizado comercial (CMV) Usted debe obtener una Licencia de Conducir Comercial (CDL) para operar cualquiera de los siguientes CMV (a menos que conduzca estos vehículos para usos exentos, como se indica en la Subsección 1.1.2 a continuación): • Cualquier combinación de vehículos con una clasificación de peso bruto combinado (GCWR)** de 26,001 libras o más, siempre que la clasificación de peso bruto del vehículo (GVWR)* del vehículo remolcado sea superior a 10,000 libras. • Cualquier vehículo individual con un GVWR de 26,001 libras o más, o cualquier vehículo de este tipo que remolque otro que no exceda las 10,000 libras. • Cualquier vehículo, independientemente de su tamaño, diseñado para transportar a 16 o más personas, incluido el conductor. • Cualquier vehículo que, según las regulaciones federales, requiera el uso de placas mientras transporte materiales peligrosos.

*GVWR — Valor especificado por el fabricante como el peso máximo cargado de un solo vehículo o combinación de vehículos. **GCWR — Valor especificado por el fabricante como el GVWR de la unidad motriz más el GVWR de la unidad o unidades remolcadas.

Nota: Solo para fines de prueba, el GCWR/GVWR se refiere al valor especificado por el fabricante como el peso máximo cargado de un vehículo individual o de una combinación de vehículos. Las placas de GVWR/GCWR deben estar presentes y ser legibles en la unidad tractora (camión) y en el remolque (si se trata de una prueba de combinación). Para la prueba de habilidades/conducción, se requiere un vehículo representativo de la clase correspondiente. No se permiten camiones tractores de una combinación de tractor y remolque para la prueba de la Clase B. Al presentarse para la prueba de habilidades/conducción, por favor traiga al centro todas las documentaciones del vehículo, tales como la tarjeta/certificado de seguro y los documentos de registro.

• Vehículo Motorizado Comercial (CMV) • Clasificaciones, endosos y restricciones de CDL/CLP • Normas y requisitos de CDL/CLP • Exámenes para la licencia de conducir comercial (CDL) • Descalificaciones de CDL/CLP • Otras reglas de CDL/CLP • Pruebas de seguridad mecánica • Dispositivos electrónicos • Limitaciones de tamaño del vehículo • Equipo de iluminación especial • Registro del vehículo • IRP/Acuerdo Internacional sobre Impuestos al Combustible

3 1.1.2 — Exenciones Bajo las leyes estatales y federales, ciertos conductores no están sujetos a los requisitos del programa CDL. La Federal Motor Carrier Safety Administration ha determinado que estas exenciones no disminuirán la operación segura de los vehículos comerciales en las carreteras. No obstante, se requiere que estos conductores posean la licencia de la clase adecuada para el vehículo que estén operando.

Los conductores de los siguientes vehículos están exentos del requisito de la CDL: • Vehículos/Equipos Agrícolas. Esta exención cubre las operaciones agrícolas (como se indica a continuación) y no se aplica a los transportistas comerciales de granos u otros tipos de uso no agrícola. Esta exención solo se aplica cuando los vehículos agrícolas son: — Controlados y operados por un agricultor, la familia del agricultor o un empleado; — Utilizados para transportar productos, equipos o suministros agrícolas hacia o desde una granja (incluyendo viveros y acuicultura); — Utilizados dentro de un radio de 150 millas aéreas de la granja; y — No utilizados en las operaciones de un transportista común o por contrato, ni para otros fines comerciales. Nota: Los operadores de vehículos de Clase A, combinaciones de camión-tractor y semirremolque utilizados expresamente para fines agrícolas y que cumplan con los criterios anteriores también están exentos de poseer una CDL. Estos conductores aún deben poseer una licencia de Clase A no-CDL con una restricción J50, J51 o J52. Los conductores deben tener la edad calificada y deben estar calificados como Conductores de Vehículos Agrícolas (FVD) o el vehículo o vehículos deben cumplir con la designación de Vehículo Agrícola Cubierto (CFV). Aún se requiere que los conductores tomen los exámenes escritos y de habilidades/conducción de la CDL correspondientes. Para más información y definiciones, visite ilsos.gov, sección Comercial. • Equipo/Vehículo de Emergencia. Debido a que la mayoría de las organizaciones de emergencia tienen requisitos extensos de capacitación inicial y reentrenamiento para sus operadores de equipo, Illinois exime los requisitos de la CDL para los operadores de vehículos de equipo de emergencia cuando respondan a una emergencia o regresen de ella, siendo esto necesario para preservar la vida y la propiedad. • Vehículo Militar. Vehículos militares operados por personal militar en servicio activo. • Vehículo Recreativo. Vehículos recreativos operados principalmente para uso personal. 1.1.3 — Requisitos especiales para ciertos vehículos Para operar los siguientes vehículos, el conductor debe cumplir con los requisitos especiales establecidos por el Secretario de Estado de Illinois y/u otras agencias gubernamentales: • Autobuses escolares y otros vehículos que transporten niños escolares para actividades relacionadas con el currículo: Requieren un Permiso de Autobús Escolar (SBP) de Illinois y pueden requerir una CDL con los endosos P y S. Comuníquese con el distrito escolar local o la empresa de autobuses para la cual planea conducir. • Vehículos de organizaciones religiosas: Requieren una restricción J02, J03 o J04. • Vehículos exclusivamente para el transporte de personas mayores: Requieren una restricción J05, J06 o J07. • Vehículos de cuidado infantil o de transporte compartido sin fines de lucro.

Es posible que estos vehículos requieran o no una CDL, dependiendo de la cantidad de pasajeros que el vehículo esté diseñado para transportar o del GVWR del vehículo. Para obtener más información sobre la operación de este tipo de vehículos, los conductores deben consultar con su empleador, en una oficina local de Servicios al Conductor o llamar a la Sección de Safe Ride al 217-785-2543.

1.2 — Clasificaciones, endosos y restricciones de la Licencia de Conducir Comercial (CDL) y del Permiso de Aprendiz Comercial (CLP) Las clasificaciones, endosos y restricciones de la CDL y el CLP se basan en el tipo de CMV que se conduzca. El tipo de CMV se determina por el GVWR/GCWR del fabricante, la construcción o el uso. Pautas para Conductores de Vehículos Agrícolas Cubiertos (CFV-J51) frente a Conductores de Vehículos Agrícolas (FVD-J50) Tipo de licencia: No CDL, Exención Agrícola Clase A (con nueva restricción J-51) ÚNICAMENTE para conductores de tractocamiones/semirremolques. Requisitos de examen: Examen escrito de CDL: General, Combinación y Frenos de Aire Examen de habilidades/conducción de CDL: Inspección previa al viaje, habilidades y examen de conducción Disponibilidad: Centros automatizados de CDL: Examen escrito Centros de servicio completo de CDL: Examen de habilidades/conducción (se requiere tractor/remolque con placas agrícolas de Illinois para el examen) (La inspección de seguridad del vehículo NO es obligatoria para vehículos con números federales del DOT) Conductores elegibles: Agricultores, familiares inmediatos y empleados (el vehículo debe cumplir con las definiciones de CFV) Intraestatal: 18 años en adelante Interestatal: 21 años en adelante Límites de conducción: Intraestatal: Ilimitado dentro del estado de registro Interestatal: Dentro de 150 millas aéreas de la granja Nuevo Conductor de Vehículo Agrícola Cubierto - CFV (J51) Ley/Regla Tipo de licencia: No CDL, Exención Agrícola Clase A (con restricción J-50) ÚNICAMENTE para conductores de tractocamiones/semirremolques. Requisitos de examen: Examen escrito de CDL: General, Combinación y Frenos de Aire Examen de habilidades/conducción de CDL: Inspección previa al viaje, habilidades y examen de conducción Disponibilidad: Centros automatizados de CDL: Examen escrito Centros de servicio completo de CDL: Examen de habilidades/conducción (se requiere tractor/remolque con placas agrícolas de Illinois para el examen) (La inspección de seguridad del vehículo es obligatoria para todos los vehículos) Conductores elegibles: Agricultores, familiares inmediatos y empleados (el vehículo debe cumplir con las definiciones de FVD) Intraestatal: 21 años en adelante Interestatal: 21 años en adelante Límites de conducción: Intraestatal: Dentro de 150 millas aéreas de la granja Interestatal: Dentro de 150 millas aéreas de la granja, dentro de los estados con reciprocidad Conductor de Vehículo Agrícola Existente - FVD (J50) Ley/Regla *El conductor tiene la responsabilidad exclusiva de seleccionar la restricción adecuada y de asegurarse de que el vehículo cumpla con la definición y las restricciones de operación detalladas en 625ILCS 5/6-507(c) y 5/18b 101. *Para obtener más información sobre las definiciones de FVD y CFV, y para recibir asistencia en la selección de la restricción adecuada, comuníquese con su empleador o con una organización relacionada con la agricultura. 1.2.1 — Clasificaciones de la licencia de conducir (CDL y NON-CDL) • Clase A — Vehículos de combinación con un GCWR** de 26,001 libras o más, siempre que el GVWR* del vehículo remolcado sea superior a 10,000 libras. • Clase B — Vehículo único con un GVWR* de 26,001 libras o más, o cualquier vehículo de este tipo que remolque otro que no exceda las 10,000 libras. • Clase C — Vehículo único con un GVWR* de al menos 16,001 libras, pero menos de 26,001 libras. • Clase D — Vehículo único con un GVWR* de menos de 16,001 libras. GCWR** — Clasificación del peso bruto combinado GVWR* — Clasificación del peso bruto del vehículo 1.2.2 — Endosos de CLP y CDL • P — Vehículos de pasajeros: CLP y CDL. • N — Vehículos cisterna: CLP y CDL. • S — Autobús escolar: CLP y CDL. • H — Materiales peligrosos: solo CDL. • X — Combinación de materiales peligrosos y vehículo cisterna: solo CDL. • T — Remolques dobles y triples: solo CDL Clase A. • C — Autobús chárter: solo CDL de Illinois. 1.2.3 — Restricciones de tipo de CLP y CDL • B — Se requieren lentes correctivos (CLP y CDL). • E — Solo transmisión automática en CDL/CMV (Solo CDL). • F — Espejos exteriores y/o audífono (CLP y CDL). • K — CDL solo intraestatal (CLP y CDL). • L — No se permiten frenos de aire (CLP y CDL). • M — Solo vehículos de pasajeros Clase B o C (Solo CDL). • N — Solo vehículos de pasajeros Clase C (Solo CDL). • O — Sin tractor-remolque CDL/CMV (Solo CDL). • P — Sin pasajeros en autobús CDL/CMV (Solo CLP). • V — Exención médica (federal) de la FMCSA (CLP y CDL). • X — Sin carga en vehículo cisterna CDL/CMV (Solo CLP). • Z — Sin vehículos CDL/CMV equipados con frenos de aire completos (Solo CDL). • J10 — Vehículos CDL con GVWR de 16,000 lb o menos (Solo CDL Clase C de Illinois). • J48 — CDL válido solo para autobús escolar. • J50/J51 — Vehículos de camión tractor-semirremolque con exención agrícola (visite ilsos.gov para obtener la definición y elegibilidad – Solo Clase A no CDL de Illinois).

La licencia de conducir (DL), el permiso de aprendizaje comercial (CLP) o la licencia de conducir comercial (CDL) de un conductor pueden contener otras restricciones no enumeradas anteriormente, según las condiciones específicas de cada conductor.

1.3 — Normas y requisitos de la CDL y la CLP Para obtener una CDL o CLP de Illinois, usted debe cumplir con las siguientes normas y requisitos antes de realizar los exámenes para la CLP o la CDL. Necesitará una licencia de conducir de Illinois válida que tenga más de un año de vigencia antes de su vencimiento.

1.3.1 — Documentación requerida para un CLP/CDL Al igual que se requiere para cualquier licencia de conducir, todos los solicitantes de una CDL, ya sea nueva o por transferencia, deben presentar documentación que verifique su identidad, fecha de nacimiento, residencia en Illinois, firma y número de Seguro Social. Para obtener la lista más actualizada de documentos aceptables, visite ilsos.gov.

A partir del 1 de julio de 2015, la ley federal exige que todos los nuevos solicitantes de CDL y CLP presenten un comprobante de ciudadanía o presencia legal. Los titulares actuales de CDL que deseen renovar o actualizar su CDL también deben presentar un comprobante de ciudadanía o presencia legal al personal del centro de licencias para poder realizar dicha renovación o actualización. Consulte el sitio web anterior para conocer los documentos aceptables de ciudadanía (certificado de nacimiento certificado o pasaporte válido) y de presencia legal. 4

1.3.2 — Requisitos del programa médico de CDL/CMV La mayoría de los operadores de vehículos comerciales con un peso bruto del vehículo (GVWR) de 10,001 libras o más deben portar un Certificado del Examinador Médico en todo momento mientras operan un vehículo de segunda división. Todos los conductores interestatales no exceptuados deben presentar su certificado del examinador médico al Secretario de Estado. Para obtener información y requisitos adicionales sobre el reporte del examinador médico, consulte la Sección 15.

¿Necesito una tarjeta médica del DOT? Sí, si usted es un conductor no exceptuado que vaya a: • Operar un vehículo comercial con una clasificación de peso bruto del vehículo (GVWR) o una clasificación de peso bruto de la combinación (GCWR) de 10,001 libras o más para el fomento de una empresa comercial (privada o remunerada). • Operar un vehículo de transporte de pasajeros diseñado para transportar a ocho o más pasajeros, incluido el conductor. • Operar cualquier vehículo que transporte materiales peligrosos en una cantidad que requiera el uso de carteles de identificación.

Certificación médica de la CDL A partir del 30 de junio de 2025, todas las certificaciones médicas ante la oficina del Secretario de Estado solo podrán procesarse a través de un examinador médico registrado en el Registro Nacional (consulte la Sección 15). Todos los cambios y renovaciones de su certificación médica se transmitirán electrónicamente a nuestra oficina directamente desde el Registro Nacional.

Si usted es un conductor interestatal no exceptuado (NI), debe renovar su certificado médico actual directamente a través de un examinador médico registrado en el Registro Nacional una vez que este venza. Recibirá una carta de recordatorio 90 días antes de que expire su certificado médico actual. Si su certificado médico vence y usted no ha cambiado su estado de categoría de certificación médica ante la Secretaría de Estado, sus privilegios de conducción de CDL serán cancelados. Si tiene preguntas sobre el Programa Médico de CDL, llame al 217-785-3002 y seleccione la Opción 3, luego la Opción 5.

La oficina del Secretario de Estado no regula ni hace cumplir estas normas federales o estatales de los programas médicos, excepto en lo referente al registro de la autocertificación de los titulares de CLP o CDL y la información médica de los conductores NI. La Policía Estatal de Illinois y el IDOT se encargan de la aplicación de estas normas.

Todos los formularios médicos y materiales informativos requeridos están disponibles en ilsos.gov, FMCSA.gov o a través de las siguientes organizaciones: J.J. Keller & Associates, Inc. e Illinois Trucking Association. 3003 W. Breezewood 932 S. Spring St. Neenah, WI 54956 Springfield, IL 62704 800-327-6868 217-789-6017 Mid-West Truckers Association Illinois Trucking Association 2727 N. Dirksen Pkwy. 7000 S. Adams, Ste. 130 Springfield, IL 62702 Willowbrook, IL 60527 217-525-0310 630-654-0884 1.3.3 — Requisitos adicionales Además, los conductores de vehículos comerciales deben: • Mantener y tener en su posesión un expediente que contenga la verificación de su examen escrito, la verificación de su examen de conducir y otros registros. • Tener al menos 21 años de edad para conducir un vehículo motorizado comercial involucrado en el comercio interestatal o para transportar pasajeros. • Tener al menos 18 años de edad para obtener una CLP/CDL y/o para transportar materiales peligrosos intraestatales (solo dentro de Illinois). • Certificar que no poseen más de una licencia de conducir y que sus privilegios de conducir no están suspendidos, revocados, cancelados o descalificados. • Certificar que cumplen con los requisitos médicos de las Regulaciones Federales de Seguridad de Transportistas Motorizados (Federal Motor Carrier Safety Regulations) o que no están sujetos a dichas regulaciones. Para obtener más información sobre las Regulaciones de Seguridad de Transportistas Motorizados, consulte la Tabla C en la Sección 15, visite fmcsa.dot.gov o comuníquese con: Illinois Department of Transportation Commercial Vehicle Safety Section Motor Carrier Safety Unit 3215 Executive Park Dr. Springfield, IL 62703 217-785-1181 1.3.4 — Transferencia de CDL y requisitos de CLP • Los solicitantes de una CDL de Illinois que posean una CDL válida o vencida hace menos de un año, emitida por otro estado, de la misma clasificación y con las mismas restricciones que las solicitadas en Illinois, están exentos de completar los exámenes escritos de la CDL, a excepción del endoso de materiales peligrosos. Los solicitantes de una CDL de Illinois que posean una CDL válida emitida por otro estado de la misma clasificación y con los mismos endosos que los solicitados en Illinois están exentos de las pruebas de inspección previa al viaje, de habilidades y de conducción, a menos que el solicitante tenga 75 años o más, en cuyo caso deberá completar dichas pruebas. El solicitante de una CDL que desee aumentar la clasificación o agregar un endoso deberá realizar todos los exámenes escritos y de carretera correspondientes. • Una CLP emitida a un solicitante para aumentar a una clase de CDL superior, eliminar la restricción de frenos de aire o agregar un endoso de pasajeros o de autobús escolar debe mantenerse durante al menos 14 días antes de que se puedan realizar las pruebas de habilidades y de conducción. • Al reemitir una CLP, se deben volver a tomar todos los exámenes escritos de la CDL correspondientes, así como cualquier prueba de habilidades y de conducción ya completada y los exámenes escritos de la CDL aplicables. Todas las reemisiones de CLP requerirán el pago total de la tarifa de la CLP. 1.3.5 — Regla de la MCSIA Por ley federal, todos los titulares de una CDL deben someterse a una verificación única de su historial de conducción de los últimos 10 años al renovar su licencia o al entregar una licencia de otro estado para obtener una CDL de Illinois. Los titulares de una CDL que soliciten una licencia corregida o un duplicado también deben someterse a una verificación única de su historial de conducción de los últimos 10 años. 1.3.6 — Tarifas de la CDL/CLP • La tarifa de renovación y de transferencia desde otro estado (de 18 a 69 años de edad) para una CDL es de $60. Esto incluye $10 para la licencia de conducir básica, $24 para la CDL, $6 para cubrir el costo del programa nacional CDLIS y $20 para el Fondo de Inspección de Seguridad de Transportistas Motorizados. Después de los 69 años, las tarifas de renovación para los titulares de una CDL disminuyen debido a la edad del conductor. • La tarifa para una CLP es de $50 para todos los titulares de licencias que no sean CDL o para la reemisión de una CLP inicial. • La tarifa para actualizar una clase de CLP/CDL existente o para agregar/eliminar cualquier endoso/restricción es de $5. 1.4 — Exámenes para la licencia de conducir comercial 1.4.1 — Exámenes de conocimientos escritos computarizados Usted deberá tomar uno o más exámenes de conocimientos computarizados, dependiendo de la clase de licencia y los endosos que desee. La Figura 1.2 muestra las secciones de este manual que debe estudiar para cada clase de licencia y cada endoso. La ley de Illinois prohíbe el uso de teléfonos celulares portátiles, el envío de mensajes de texto o el uso de otros dispositivos de comunicación. No se permite el uso de ninguna tecnología de manos libres. Si debe atender una llamada telefónica, incluso con tecnología de manos libres, se recomienda que salga del área de exámenes y notifique a un empleado del mostrador. No responda su dispositivo en la estación de examen. Si se le sorprende haciendo trampa, se podrá aplicar una suspensión de 30 o 365 días a su historial de conducción, lo que le impedirá realizar más exámenes durante este periodo. 6 *Estudie la Sección 5 si planea operar vehículos equipados con frenos de aire. **También se requiere la aprobación del endoso de Materiales Peligrosos de la TSA antes de realizar el examen. Figura 1.2 ¿QUÉ SECCIONES DEBE ESTUDIAR? Tipo de Licencia Sección a Estudiar 1 2 3 4 5* 6 7 8 9** 10 11 12 13 14 Clase A Clase B Clase C Materiales Peligrosos Doble Triple Vehículos Cisterna Pasajeros Autobús Escolar Autobús de Alquiler Endoso ✓ ✓ ✓ ✓ ✓ ✓ ✓ ✓ ✓ ✓ ✓ ✓ ✓ ✓ ✓ ✓ ✓ ✓ ✓ ✓ ✓ ✓ ✓ ✓ ✓ ✓ ✓ ✓ ✓ ✓ ✓ ✓ ✓ ✓ ✓ ✓ ✓ ✓ ✓ ✓ ✓ ✓ ✓ Todos los solicitantes de la CDL deben aprobar el examen escrito de conocimientos generales de la CDL (núcleo), con una puntuación mínima del 80%. Este examen consta de 30 preguntas estandarizadas de opción múltiple. Los exámenes escritos de conocimientos tienen una validez máxima de un año. Los exámenes de conocimientos adicionales y de endosos incluyen: • Combinación: Requerido para los solicitantes que deseen operar un vehículo articulado o de combinación Clase A (20 preguntas). • Frenos de aire: Requerido para los solicitantes que deseen operar un vehículo equipado con un sistema de frenos de aire total o parcial (aire sobre hidráulico) (25 preguntas). • Endoso de pasajeros (P): Requerido para los solicitantes que deseen operar un vehículo diseñado para transportar a 16 personas o más (20 preguntas). • Endoso de vehículo cisterna (N): Requerido para los solicitantes que deseen operar cualquier vehículo motorizado comercial diseñado para transportar cualquier material líquido o gaseoso dentro de un tanque o tanques que estén unidos de forma permanente o temporal al vehículo o al chasis, donde cada tanque tenga una capacidad nominal individual superior a 119 galones, y donde todos los tanques tengan un total agregado de 1,000 galones o más (20 preguntas). • Endoso de autobús escolar (S): Requerido para los solicitantes que deseen operar un autobús escolar amarillo en cualquier estado para transportar niños escolares de grado 12 o inferior en cualquier estado para actividades patrocinadas por la escuela (20 preguntas). Nota: Este examen también es requerido para que un conductor obtenga un Permiso de Autobús Escolar (SBP), el cual es necesario para que un conductor opere cualquier vehículo en nombre de una escuela transportando niños escolares de Illinois de grado 12 o inferior para actividades relacionadas con el currículo. Si el conductor requiere tanto el endoso S como el SBP, solo se requerirá un examen de conocimientos de autobús escolar. Nota: No se requiere ni el endoso S ni el SBP para operar un autobús escolar amarillo vacío, pero se requiere un endoso P para cualquier autobús diseñado para transportar a 16 o más personas. • Endoso de materiales peligrosos (H): Requerido para los solicitantes que deseen operar un vehículo que transporte materiales peligrosos que requieran placas, según se define en 49 CFR 383.5 (30 preguntas). Antes de este examen, el solicitante debe someterse a una verificación de antecedentes de la Administración de Seguridad en el Transporte (TSA) (se requiere un cargo separado/adicional) y recibir una carta de aprobación. Para obtener más información, comuníquese al 855-DHS-UES1 (855-347-8371) o visite https://universalenroll.dhs.gov/#hme-home. • Endoso de Dobles/Triples (T): Requerido para los conductores que deseen operar un vehículo que remolque remolques dobles o triples (20 preguntas). • Endoso de autobús chárter (C): Requerido para los solicitantes de Illinois que deseen operar un autobús tipo chárter al transportar niños escolares de grado 12 o inferior en nombre de un distrito escolar de Illinois para actividades escolares de cualquier tipo. Si el conductor ya posee tanto el endoso S como el SBP para la misma clase que el autobús chárter, no se requiere el endoso C (20 preguntas). 1.4.2 — Exámenes de habilidades/conducción Después de aprobar satisfactoriamente el examen o los exámenes escritos requeridos, se exigirá que la mayoría de los solicitantes aprueben los exámenes de habilidades/conducción. Se evaluarán tres habilidades generales: la inspección del vehículo antes del viaje, el control básico del vehículo y la conducción en carretera. El solicitante que haya aprobado satisfactoriamente una parte, pero luego repruebe una parte posterior, no tendrá que repetir la parte aprobada. Por ejemplo, un conductor que complete satisfactoriamente la inspección antes del viaje, pero luego repruebe las habilidades de control básico, no tendrá que repetir la inspección antes del viaje. Si los solicitantes reprueban una parte de los exámenes de habilidades/conducción (por ejemplo, la inspección antes del viaje), deberán realizar la inspección completa antes del viaje durante su próximo examen. No se permitirá el uso de ningún dispositivo de video o grabación durante el examen de inspección antes del viaje/habilidades/conducción. 1) La prueba de inspección previa al viaje se realiza para determinar si el solicitante sabe cómo inspeccionar adecuadamente el vehículo para determinar si es seguro conducirlo. Se pedirá a los solicitantes que realicen una inspección previa al viaje de un vehículo representativo que operarán en el trabajo. El examinador preguntará sobre un área determinada del vehículo o vehículos, y el solicitante deberá explicar qué se debe inspeccionar y por qué. Los solicitantes serán calificados sección por sección del vehículo, y aquel solicitante que acumule una cantidad predeterminada de puntos en una sección particular reprobará la inspección previa al viaje. Los solicitantes no serán evaluados en ningún componente o área que no esté presente en el vehículo utilizado para la prueba, ni se les requerirá que se coloquen debajo del vehículo para examinar ningún componente; sin embargo, deben señalar estos componentes y explicar por qué es necesario inspeccionarlos. Si un componente del vehículo examinado durante la inspección previa al viaje no funciona correctamente sin que sea culpa del solicitante, la prueba podrá interrumpirse, pero la falla del componente del vehículo no se contabilizará en contra del solicitante. Si el conductor operará un vehículo con frenos de aire durante su trabajo, el vehículo de la prueba debe estar equipado con frenos de aire. Consulte las Secciones 2.1 y 12 de esta guía de estudio para obtener información adicional sobre la inspección previa al viaje. 7 2) La prueba de habilidades básicas de control del vehículo se lleva a cabo para evaluar la capacidad del solicitante para utilizar las habilidades básicas en el control del vehículo. Todos los solicitantes deben completar tres ejercicios en el circuito o camino de la instalación delimitados por líneas paralelas, conos de tráfico o límites similares. Estos ejercicios evalúan la capacidad del solicitante para mover el vehículo hacia adelante, estacionar el vehículo en paralelo y retroceder para realizar el desplazamiento lateral en reversa. Los solicitantes son calificados según qué tan bien se mantengan dentro de los límites establecidos por el examinador, cuántas maniobras de corrección (pull-ups) y miradas utilicen, y qué tan bien maniobre el vehículo hasta su posición final. Los solicitantes deben evitar el contacto con cualquier cono o línea límite, no deben realizar ninguna acción peligrosa dentro del área de prueba ni exceder el límite total de puntos acumulados. 3) El examen de conducción en carretera se lleva a cabo para evaluar la capacidad del solicitante para conducir de manera segura en diversas situaciones viales. La ruta del examen de conducción incluirá giros a la izquierda y a la derecha, intersecciones, cruces ferroviarios, curvas, pendientes ascendentes, pendientes descendentes, rutas rurales o semirurales, calles urbanas de varios carriles y/o conducción en autopistas. Los solicitantes serán calificados en cada una de estas maniobras y condiciones de conducción. No deben exceder un número predeterminado de puntos asignados al examen de conducción, provocar ninguna acción peligrosa ni violar ninguna ley durante el examen. Cualquier conductor que repruebe el examen de carretera seis veces deberá presentar un informe médico de Illinois antes de intentar cualquier examen de carretera adicional. Regla de tres fallos. Los solicitantes de la CDL que reprueben cualquier examen específico de la CDL tres veces deberán esperar 30 días a partir de la fecha del tercer examen reprobado antes de volver a tomar dicho examen. Tres fallos adicionales (seis fallos en total) en el mismo examen resultarán en un periodo de espera de 90 días. Tres fallos adicionales más (nueve fallos en total) en el mismo examen después del periodo de espera de 90 días resultarán en un periodo de espera de un año a partir de la fecha del último examen reprobado. Los periodos de espera se aplican únicamente al examen específico que se reprobó tres veces. Los solicitantes tienen permitido realizar tres intentos para aprobar cada examen requerido por cada tarifa pagada. Si un solicitante reprueba cualquier examen específico tres veces, se requerirá el pago nuevamente de la tarifa original pagada para iniciar las evaluaciones para poder reanudarlas, en caso de que el solicitante necesite aprobar el examen reprobado para que se le expida la CDL. Fraude/Artículos no autorizados en el área de examen/Soborno. Cualquier persona que sea sorprendida haciendo fraude en cualquier parte de un examen escrito reprobará automáticamente dicho examen. Además, se le prohibirá volver a tomar ese examen en particular por un período de 30 días. El "fraude" se define como recibir o utilizar asistencia no autorizada al realizar cualquier parte de un examen, lo que incluye, entre otros, el uso de tecnología, notas, libros o información escrita. No se permite que los teléfonos celulares u otros dispositivos electrónicos estén encendidos, ni que haya artículos escritos dentro del área de examen. Cualquier persona que no cumpla con esta política de examen será considerada como alguien que intenta utilizar asistencia no autorizada y se aplicarán las sanciones correspondientes. Cualquier persona condenada por ofrecer un soborno a cualquier examinador o a cualquier persona autorizada por ley para brindar instrucciones de conducción o administrar exámenes de licencia de conducir podrá sufrir la suspensión o retención de sus privilegios de conducción por 120 días. El delito es un felonía de Clase 2, que conlleva una sentencia de prisión de tres a siete años y multas de hasta $25,000. 1.4.3 — Los solicitantes de Illinois Fast Pass pueden programar los exámenes de CDL en línea las 24 horas del día, los siete días de la semana, en ilsos.gov. Se solicita a los solicitantes que necesiten cancelar una cita de CDL que notifiquen con 24 horas de anticipación llamando al 217-785-3013. 9 1.4.4 — Centros de CDL de la Secretaría de Estado - Los servicios y las ubicaciones de los centros están sujetos a cambios en cualquier momento. Consulte ilsos.gov para obtener actualizaciones o cambios. Belleville 400 W. Main St. Belleville, IL 62220 618-236-8450 Bethalto 20 Terminal Dr., Ste. #103 East Alton, IL 62024 618-258-0600 Bloomington 1510 W. Market St. Bloomington, IL 61701 309-827-3531 Carbondale 2516 W. Murphysboro Rd. Carbondale, IL 62901 618-457-0488 Carmi 1128 W. Oak St. Carmi, IL 62821 618-383-8349 Champaign 2012 Round Barn Rd. Champaign, IL 61821 217-278-3344 Decatur 3149 N. Woodford St. Decatur, IL 62526 217-875-1650 East St. Louis 1468 State St. East St. Louis, IL 62203 618-397-9488 Edwardsville 1502A Troy Rd. Edwardsville, IL 62025 618-656-8956 Fairfield 307 N. Market Ave. Fairfield, IL 62837 618-842-9548 Freeport 1054 N. Riverside Dr. Freeport, IL 61032 815-235-4164 Galesburg 1066 E. Losey St. Galesburg, IL 61401 309-342-1154 Hillsboro 2010 N. School St. Hillsboro, IL 62049 217-532-5823 Jacksonville 901 W. Morton, Ste. 13 Lincoln Square Shopping Center Jacksonville, IL 62650 217-243-4327 Jerseyville 710 County Rd. Jerseyville, IL 62052 618-498-5751 Lake Zurich 951 S. Rand Rd. Lake Zurich, IL 60047 847-847-0247 Macomb 466 Deer Rd. Macomb, IL 61455 309-833-5661 Mattoon 2020 Charleston Ave. Mattoon, IL 61938 217-234-4040 Metropolis 1112 W. 10th St. Metropolis, IL 62960 318-524-7451 Morris 425 E. Route 6 Morris, IL 60450 815-705-9022 Nashville 480 N. Kaskaskia St. Nashville, IL 62263 618-327-4184 Pekin 200 S. Second St. Pekin, IL 61554 309-346-6186 Plano 236 Mitchell Dr. Plano, IL 60545 312-793-1010 Pontiac 507 Crane St. Pontiac, IL 61764 815-844-5766 Roanoke 102A N. 6th St. Roanoke, IL 61561 309-923-6381 Rockford Central 3720 E. State St. Rockford, IL 61108 815-394-0179 Robinson 1321 E. Main St. Robinson, IL 62454 618-544-8118 Sparta 202 W. Jackson St. Sparta, IL 62286 618-443-3834 Sterling 1224 W. 4th St. Sterling, IL 61081 815-626-2825 Los exámenes escritos/de conocimientos están disponibles en las siguientes instalaciones: * Solo para conductores de CDL Clase B y C. Bradley 111 Village Square Shopping Plaza Bradley, IL 60915 815-933-1713 Charleston 1010 E. St. Charleston, IL 61920 217-345-7401 Danville/Tilton #5 Southgate Tilton, IL 61833 217-442-1564 DeKalb 1360 Oakwood St. DeKalb, IL 60115 815-756-7781 Effingham 1901 S. 4th St., Ste. 2 Effingham, IL 62401 217-347-7728 Elk Grove Village 650 Roppolo Dr. Elk Grove Village, IL 60007 847-981-7447 Marion 1905 Rendleman St. Marion, IL 62959 618-993-2587 Mascoutah/Lebanon 9221 Beller Dr., Route 4 Mascoutah, IL 62258 618-808-7002 Moline/Silvis 2001 Fifth St., Ste. #10 Silvis, IL 61282 309-796-0934 Olney 1302 S. West St. Olney, IL 62450 618-395-1702 Peoria 3311 N. Sterling Ave., #12 Peoria, IL 61604 309-686-6040 Princeton 225 Backbone Rd. East Princeton, IL 61356 815-875-2617 Quincy 2512 Locust St. Quincy, IL 62301 217-222-4550 Rantoul* 421 S. Murray Rd. Rantoul, IL 61866 217-892-8773 Rockford 4734 Baxter Rd. Rockford, IL 61109 815-873-0134 Salem 1375 W. Whittaker St. Salem, IL 62881 618-548-2381 South Holland 41 W. 162nd St. South Holland, IL 60473 708-210-3540 Springfield 2701 S. Dirksen Pkwy. Springfield, IL 62723 217-782-6030 West Chicago 721 Kress Rd. West Chicago, IL 60185 630-293-1320 Los exámenes escritos/de conocimientos y las pruebas de habilidades/conducción están disponibles en las siguientes instalaciones: 1.5 — Descalificaciones de CDL/CLP No podrá conducir un vehículo motorizado comercial si ha sido descalificado por cualquier motivo. 1.5.1 — Reglamentos y descalificaciones por alcohol y drogas La ley de Illinois establece que los conductores que operan un vehículo motorizado comercial (CMV) o un vehículo motorizado no comercial (non-CMV) en las autopistas han consentido implícitamente someterse a pruebas químicas para determinar la concentración de alcohol en la sangre (BAC). Un conductor de autobús escolar no puede operar un autobús escolar con una BAC superior al .00%. El titular de una CDL no puede operar un vehículo comercial con una BAC de .04% o más. Un conductor de autobús escolar o el titular de una CDL no puede conducir ningún otro vehículo con una BAC de .08% o más. Las siguientes infracciones darán lugar a la descalificación: • Cualquier conductor que opere un CMV o non-CMV y se niegue a someterse a las pruebas químicas, o que se someta a una prueba con resultados que excedan el límite legal, quedará descalificado por un mínimo de 12 meses. • Cualquier conductor condenado por DUI (independientemente de la BAC) quedará descalificado por un mínimo de 12 meses. • Si cualquiera de las infracciones anteriores ocurre mientras se transportan materiales peligrosos con letreros (placarded), el conductor quedará descalificado por un mínimo de tres años. • Cualquier conductor que cometa dos de las infracciones anteriores, derivadas de dos o más incidentes, quedará descalificado de por vida. • Cualquier titular de una CDL que opere un CMV y se determine que tiene cualquier cantidad de alcohol en su sistema será puesto fuera de servicio por un mínimo de 24 horas. • Cualquier conductor condenado por conducir un vehículo motorizado comercial con cualquier cantidad de droga, sustancia o compuesto resultante del uso o consumo ilegal de cannabis (marihuana) enumerado en la Ley de Control de Cannabis o de una sustancia controlada enumerada en la Ley de Sustancias Controladas, quedará descalificado por un mínimo de 12 meses. 1.5.2 — Infracciones adicionales que conducen a la descalificación Las siguientes infracciones también conducirán a la descalificación de la CDL/CLP: • Abandonar a sabiendas y deliberadamente la escena de un accidente mientras se opera un CMV o un vehículo que no sea un CMV resulta en la descalificación por un mínimo de 12 meses. • Cometer un delito grave mientras se opera un CMV o un vehículo que no sea un CMV resulta en la descalificación por un mínimo de 12 meses. • Una condena por cualquiera de las infracciones anteriores mientras se transportan materiales peligrosos con letreros de advertencia resulta en la descalificación por un mínimo de tres años. • El uso de un CMV o un vehículo que no sea un CMV en la comisión de cualquier delito grave que implique la fabricación, distribución o suministro de una sustancia controlada, o la posesión con intención de fabricar, distribuir o suministrar una sustancia controlada, resulta en una descalificación de por vida. • Cualquier conductor que proporcione documentación fraudulenta para la emisión de una CLP o una CDL será descalificado. • Operar un vehículo motorizado comercial infringiendo las regulaciones relativas a los cruces a nivel de ferrocarril y carretera: primera condena — descalificación de 60 días; segunda condena dentro de un período de tres años — descalificación de 120 días; y tercera y posteriores condenas dentro de un período de tres años — descalificación de un año. Estas violaciones incluyen la infracción de una ley o regulación federal, estatal o local relativa a una de las siguientes faltas en un cruce a nivel de ferrocarril y carretera: — Para los conductores que no están obligados a detenerse siempre, no detenerse antes de llegar al cruce si las vías no están despejadas. — Para los conductores que no están obligados a detenerse siempre, no reducir la velocidad y verificar que las vías estén despejadas de un tren que se aproxime. — Para los conductores que siempre están obligados a detenerse, no detenerse antes de entrar al cruce. — Para todos los conductores, no contar con espacio suficiente para atravesar completamente el cruce sin detenerse. — Para todos los conductores, no obedecer un dispositivo de control de tráfico o las instrucciones de un oficial de cumplimiento en el cruce. — No lograr atravesar un cruce debido a que el despeje del chasis es insuficiente. — No obedecer un dispositivo de señalización eléctrica o mecánica claramente visible que advierta la aproximación inmediata de un tren ferroviario o equipo de vía ferroviaria. — No detenerse cuando la barrera esté bajada o cuando un abanderado humano señale o continúe señalando la aproximación de un tren ferroviario o equipo de vía ferroviaria. — No detenerse cuando un tren ferroviario o equipo de vía ferroviaria que se aproxima a un cruce de carretera emita una señal de advertencia, y dicho tren o equipo, debido a su velocidad o cercanía a dicho cruce, represente un peligro inmediato. — No detenerse cuando un tren ferroviario o equipo de vía ferroviaria que se aproxima sea claramente visible y se encuentre en proximidad peligrosa a dicho cruce. — No detenerse cuando un tren ferroviario o equipo de vía ferroviaria se aproxime tan cerca que se cree un peligro inmediato. — No detenerse antes de cruzar una vía o vías ferroviarias a nivel. 10 1.5.3 — Infracciones graves de tránsito Dos infracciones graves de tránsito en un periodo de tres años resultarán en una descalificación de 60 días. Tres infracciones graves de tránsito en el mismo periodo resultarán en una descalificación de 120 días. Estas incluyen las siguientes: Exceso de velocidad. Exceso de velocidad que implique cualquier infracción individual por conducir a 15 mph o más por encima del límite de velocidad establecido. • No reducir la velocidad para evitar un accidente. • Conducir a una velocidad excesiva para las condiciones existentes. • Exceder el límite de velocidad en una zona escolar. Conducción temeraria. Operar un CMV o un vehículo que no sea CMV de manera que demuestre un desprecio deliberado, negligente o temerario por la seguridad de las personas o la propiedad. • Rebasar a un vehículo detenido para permitir que un peatón cruce en un paso peatonal. • Conducir sobre una acera. • Rebasar a un autobús escolar que esté subiendo o bajando pasajeros o que muestre una advertencia de no rebasar. CDL no válida. Operar un CMV sin una CDL válida. • Operar un CMV con una clasificación o restricción incorrecta. • Violación de un permiso de aprendizaje. Seguir demasiado cerca. Seguir el vehículo de adelante a una distancia demasiado corta. • El hecho de que un camión no deje suficiente distancia para ser rebasado por otro vehículo. Uso inadecuado del carril. Cambios de carril inadecuados o erráticos. • Cambios de carril, uso del carril y/o uso del carril central inadecuados. • Rebase inadecuado. • Rebasar en una colina, curva o cuando esté prohibido. • Rebasar por el lado contrario de la carretera. • Rebase inadecuado por el acotamiento, ya sea por la izquierda o la derecha. • Conducir en sentido contrario en una calle o carretera de un solo sentido. • Conducir por el lado izquierdo de la calzada. • Rebasar en una zona escolar. Condena relacionada con un accidente fatal. Una infracción de cualquier ley estatal u ordenanza local relacionada con el control del tráfico de vehículos motorizados (excepto las infracciones de estacionamiento) que surja en relación con un accidente de tráfico fatal resultará en una descalificación mínima de 12 meses. Licencias múltiples. Una infracción relacionada con un conductor de CMV que posee múltiples licencias de conducir. Uso de teléfonos celulares y dispositivos de comunicación. Una infracción relacionada con un conductor de CMV que envíe mensajes de texto o utilice un teléfono celular portátil mientras conduce un CMV. 1.5.4 — Violación de órdenes de fuera de servicio Usted perderá su CDL: • Por al menos 90 días si ha cometido su primera violación de una orden de fuera de servicio. • Por al menos un año si ha cometido dos violaciones de una orden de fuera de servicio en un periodo de 10 años. • Por al menos tres años si ha cometido tres o más violaciones de una orden de fuera de servicio en un periodo de 10 años. 1.5.5 — Verificación de antecedentes y descalificaciones para el endoso de materiales peligrosos Los solicitantes que necesiten un endoso de materiales peligrosos deberán someterse a una verificación de antecedentes a nivel nacional basada en huellas dactilares. Se denegará la solicitud o se cancelará el endoso de materiales peligrosos a los solicitantes que: • No sean residentes permanentes de los Estados Unidos o no puedan proporcionar prueba de su estatus legal. • Renuncien a su ciudadanía de los Estados Unidos. • Sean buscados o estén bajo acusación formal por ciertos delitos graves. • Tengan una condena en un tribunal militar o civil por ciertos delitos graves. • Hayan sido declarados mentalmente incompetentes o hayan sido internados involuntariamente en una institución mental. • Sean considerados una amenaza para la seguridad, según lo determine la Transportation Security Administration. 11 Todos los titulares de una CDL de otro estado que se trasladen a Illinois y deseen obtener una CDL de Illinois con el endoso H o X deberán presentar un comprobante de una evaluación de amenazas a la seguridad de la TSA vigente o obtener una nueva aprobación antes de que se les permita tomar el examen escrito para dicho endoso. La fecha de vencimiento de la evaluación de amenazas a la seguridad de la TSA vigente debe coincidir o ser posterior a la fecha de vencimiento de la nueva CDL de Illinois. Si la fecha no coincide o no es posterior, el conductor deberá completar una nueva evaluación de amenazas a la seguridad y recibir la aprobación antes de que se emita la CDL de Illinois con el endoso H o X. Cualquier titular de una CDL o solicitante de una CLP que desee obtener el endoso de materiales peligrosos (HME/H) debe llamar al 855-DHS-UES1 (855-347-8371) o visitar https://www.tsa.gov/for-industry/hazmat-endorsement para inscribirse en la Administración de Seguridad en el Transporte (TSA) para una verificación de antecedentes. El Secretario de Estado debe recibir la aprobación de la TSA antes de realizar cualquier examen para este endoso. Este proceso debe completarse en cada renovación de la CDL si el conductor necesita mantener el endoso de materiales peligrosos. 1.5.6 — Infracciones de tránsito en un vehículo personal • La Ley de Mejora de la Seguridad de los Transportistas Motorizados (MCSIA) de 1999 exige que los titulares de una CDL sean descalificados para operar un vehículo motorizado comercial si han sido condenados por ciertos tipos de infracciones de tránsito en su vehículo personal. • Si el privilegio de un titular de CDL para operar un vehículo que no sea un CMV es revocado, cancelado o suspendido debido a infracciones de las leyes de control de tránsito (que no sean infracciones de estacionamiento), también será descalificado de su CDL. • Si el privilegio de un titular de CDL para operar un vehículo que no sea un CMV es revocado, cancelado o suspendido debido a infracciones relacionadas con alcohol, sustancias controladas o delitos graves, la CDL será descalificada por un año. Si el privilegio de un titular de CDL para operar un vehículo que no sea un CMV es revocado, cancelado o suspendido debido a una segunda infracción de alcohol, sustancias controladas o delitos graves, la CDL será descalificada de por vida. • Si el privilegio de un titular de CDL para operar un vehículo que no sea un CMV es revocado, cancelado o suspendido, no se podrá emitir ninguna licencia de "necesidad extrema" (hardship), como un permiso de conducir restringido o un permiso de conducir con dispositivo de monitoreo, para operar un CMV. 1.6 — Otras reglas de la CDL/CLP Existen otras reglas federales y estatales que afectan a los conductores que operan CMV en todos los estados. Entre ellas se encuentran: • Los conductores no pueden tener más de una licencia. Si se incumple esta regla, un tribunal puede imponer una multa de hasta $5,000 o tiempo en prisión, retener la licencia del estado de residencia y devolver cualquier otra. • Los conductores deben notificar a su empleador dentro de los 30 días posteriores a una condena por cualquier infracción de tránsito (excepto estacionamiento). Esto es válido independientemente del tipo de vehículo que se estuviera conduciendo. • Los conductores deben notificar a su empleador dentro de los dos días hábiles siguientes si su licencia es suspendida, revocada, cancelada o descalificada. • Al solicitar un empleo de conducción comercial, los conductores deben proporcionar información del empleador sobre todos los empleos de conducción desempeñados en los últimos 10 años. • Nadie puede conducir un vehículo motorizado comercial sin una CDL. Un tribunal puede imponer una multa de hasta $5,000 o tiempo en prisión por incumplir esta regla. • Los conductores con un endoso de materiales peligrosos deben notificar y entregar su endoso de Materiales Peligrosos al estado que emitió la CDL dentro de las 24 horas si son condenados o procesados en cualquier jurisdicción, civil o militar, o si son declarados no culpables por razones de locura de un delito descalificador enumerado en 49 CFR 1572.103; si son declarados mentalmente incompetentes o recluidos en una institución mental según lo especificado en 49 CFR 1572.109; o si renuncian a su ciudadanía estadounidense. • Los empleadores no pueden permitir que un empleado conduzca un vehículo motorizado comercial si el empleado tiene más de una licencia o si la CDL está suspendida o revocada. Un tribunal puede multar al empleador hasta con $5,000 o imponer tiempo en prisión por incumplir esta regla. • Todos los estados están conectados a un sistema computarizado para compartir información sobre los conductores con CDL. Los estados revisarán los registros de accidentes de los conductores para asegurarse de que no tengan más de una CDL. • Los conductores deben estar debidamente asegurados por un cinturón de seguridad en todo momento mientras operan un vehículo motorizado comercial. El diseño del cinturón de seguridad sujeta al conductor firmemente detrás del volante durante un choque, ayudando al conductor a controlar el vehículo y reduciendo la posibilidad de lesiones graves o la muerte. Los conductores que no usan el cinturón de seguridad tienen cuatro veces más probabilidades de sufrir lesiones fatales si son expulsados del vehículo. • Los titulares de una CDL deben notificar a la oficina del Secretario de Estado dentro de los 10 días posteriores a un cambio de nombre o dirección, y deben obtener una licencia de conducir corregida dentro de los 30 días posteriores a dicho cambio. • Los titulares de una CLP solo pueden operar un CMV cuando estén acompañados por un titular de CDL, de al menos 21 años de edad, que haya tenido una CDL durante al menos un año. 1.7 — Pruebas de seguridad mecánica La mayoría de los vehículos de transporte médico y de segunda división deben contar con un Certificado de Seguridad antes de circular por las autopistas de Illinois. Se requieren inspecciones de seguridad cada seis (6) o doce (12) meses, dependiendo del tipo de vehículo comercial. Los siguientes vehículos están sujetos a una inspección de seguridad semestral: • Camiones registrados con un peso bruto de más de 8,000 libras; camiones que remolquen un remolque con un peso bruto de más de 8,000 libras; remolques con un peso bruto de más de 5,000 libras; autobuses motorizados y autobuses de organizaciones religiosas. • Autobuses registrados como vehículos de caridad; vehículos de transporte para personas mayores; autobuses escolares; vehículos de transporte médico; grúas y limusinas. Se acepta una calcomanía válida de la CVSA o una calcomanía federal anual según 49 CFR 396.17 y 49 CFR 396.23 en lugar de la calcomanía de seguridad (Safety Sticker) de seis meses de Illinois. Los talleres o estaciones de servicio autorizados por el IDOT pueden realizar las inspecciones de seguridad. Los vehículos de la segunda división que no requieren pasar las inspecciones de seguridad incluyen: • Vehículos con un peso bruto de 8,000 libras o menos. • Tractores agrícolas, maquinaria y otros implementos. • Vehículos propiedad de o operados por la ciudad de Chicago, que presenten comprobante de propiedad. • Vehículos propiedad de o operados por el gobierno federal, que presenten comprobante de propiedad. • Vehículos registrados como vehículos recreativos, que presenten las placas correspondientes. • Vehículos antiguos con la licencia correspondiente. • Vehículos especializados según lo definido por el estatuto. • Vehículos debidamente registrados en otro estado. Cuando un vehículo aprueba la inspección, se le entrega al conductor una calcomanía para el parabrisas del Certificado de Seguridad y un informe de inspección. La calcomanía debe exhibirse en cualquier vehículo que circule por las vías públicas. 1.8 — Dispositivos electrónicos 1.8.1 — Teléfonos celulares y dispositivos de comunicación La ley de Illinois prohíbe el uso de teléfonos celulares manuales, el envío de mensajes de texto o el uso de otros dispositivos de comunicación mientras se opera un vehículo motorizado. Se permite el uso de dispositivos manos libres o tecnología Bluetooth para personas mayores de 18 años. Incluso el uso de tecnología manos libres se considera una distracción al conducir y puede ser peligroso. Si debe realizar una llamada telefónica, incluso con tecnología manos libres, se recomienda que se detenga a un lado de la carretera antes de hacer la llamada. Los conductores de Illinois están exentos de la prohibición de usar un teléfono celular o enviar mensajes de texto mientras conducen únicamente cuando: • Informan sobre una situación de emergencia. • Utilizan el dispositivo en modo manos libres o activado por voz. • Están estacionados en el acotamiento de una carretera. • Están detenidos debido a que el tráfico normal está obstruido y el vehículo se encuentra en neutral o en estacionamiento (park). LOS CONDUCTORES QUE ESTÉN INVOLUCRADOS EN UN ACCIDENTE COMO RESULTADO DE LA CONDUCCIÓN DISTRAÍDA PODRÍAN ENFRENTAR SANCIONES PENALES Y PENAS DE PRISIÓN. 1.8.2 — Detectores de radar La ley de Illinois prohíbe que los CMV estén equipados con cualquier instrumento diseñado para detectar la presencia de, o interferir con, las microondas en las frecuencias utilizadas por el radar policial para monitorear la velocidad de los vehículos. El término "equipados" significa e incluye la posesión o el uso dentro de un CMV. El conductor no incurrirá en una infracción si el dispositivo se encuentra dentro de una caja cerrada con llave y opaca, o en un contenedor similar, o si el dispositivo no se encuentra en el compartimento de pasajeros del vehículo y en funcionamiento. La violación de esta ley es una infracción menor con una multa mínima de $50 por la primera infracción y un mínimo de $100 por una segunda infracción o infracciones posteriores. 1.8.3 — Dispositivos GPS Los conductores de vehículos comerciales que utilicen dispositivos GPS (Global Position Services) para obtener asistencia con la ruta y la navegación deben emplear un dispositivo diseñado específicamente para la navegación de camiones. Un dispositivo GPS habilitado para camiones contiene información sobre 13 las vías restringidas para camiones y las rutas designadas, además de tomar en cuenta el tamaño del camión (longitud, peso, altura y tipos de carga) al trazar la ruta. A diferencia de los dispositivos GPS para automóviles regulares, las unidades de GPS habilitadas para camiones proporcionan una herramienta más segura para garantizar que los vehículos comerciales no sean dirigidos erróneamente por caminos no aptos para camiones, bajo puentes bajos u otros peligros. Las leyes de tráfico y seguridad, las condiciones de la carretera y las señales viales siempre tienen prioridad al navegar. 1.9 — Limitaciones de tamaño del vehículo Los conductores deben obedecer todas las señales publicadas relacionadas con los límites máximos de ancho, largo, altura y peso de los camiones. Deben tener en cuenta que algunas autopistas prohíben totalmente la circulación de camiones. Otras permiten la circulación de camiones de manera limitada. Por ejemplo, solo los camiones muy pequeños pueden cruzar ciertos puentes municipales, así como las autopistas que conducen hacia y desde estos puentes. Se permiten límites más altos en las autopistas estatales designadas por el Departamento de Transporte de Illinois (IDOT) y en las calles y autopistas locales designadas por los funcionarios del gobierno local. Los mapas que muestran las autopistas estatales en las que pueden operar estos vehículos están disponibles a través de IDOT en www.gettingaroundillinois.com. Para obtener información adicional sobre tamaño y peso, consulte el formulario OPER 753 de IDOT en https://idot.illinois.gov/doing-business/permits/oversize-and-overweight-permits/legal-weights-and-dimensions.html. Ancho. El ancho máximo para todos los vehículos es de 8 pies y 6 pulgadas. Las exenciones a los anchos máximos son: • Cargas de productos agrícolas o implementos de labranza que se transporten durante el periodo comprendido desde media hora después del amanecer hasta media hora antes del atardecer en condiciones de buena visibilidad. Consulte el formulario IDOT OPER 2279 en https://idot.illinois.gov/doing-business/permits/oversize-and-overweight-permits/permit-type.html. • Autobuses que operen dentro de los límites de ciudades y villas ubicadas en condados con poblaciones de 500,000 o más. Los anchos máximos pueden ser de hasta 9 pies. Sin embargo, no se puede operar ningún vehículo con un ancho superior a 8 pies y 8 pulgadas en las autopistas interestatales de dichos condados. Longitud. Ningún vehículo, con o sin carga, a excepción de un semirremolque, deberá exceder una longitud de 42 pies. Los semirremolques pueden tener una longitud total de 53 pies, incluyendo la carga transportada. • En las carreteras estatales y locales designadas como Clase I y Clase II no existe un límite de longitud total. Sin embargo, para los semirremolques de más de 48 pies de longitud, la distancia máxima permitida desde el perno rey (kingpin) hasta el eje trasero es de 45 pies y 6 pulgadas. La longitud máxima tanto del semirremolque como del remolque en una combinación de camión tractor-semirremolque-remolque (doble piso) es de 28 pies y 6 pulgadas. • En las carreteras estatales y locales designadas como Clase III, incluyendo otras carreteras estatales no designadas, la longitud máxima permitida para las combinaciones de tractor-semirremolque es de 65 pies de longitud total (de defensa a defensa). Sin embargo, para los semirremolques de más de 48 pies de longitud, la distancia máxima permitida desde el perno rey (kingpin) hasta el eje trasero es de 42 pies y 6 pulgadas. Todos los demás tipos de combinaciones de vehículos están limitados a una longitud total de 60 pies, incluyendo la carga. • En las calles locales no designadas, incluyendo las rutas de camiones preferentes, la longitud total máxima es de 55 pies (de defensa a defensa), incluyendo la carga, para las combinaciones de camión tractor-semirremolque, y de 60 pies para todos los demás tipos de combinaciones de vehículos, incluyendo la carga. Excepciones a los requisitos de LONGITUD: • Los límites de longitud no se aplican a los vehículos que operen durante el día, excepto los sábados, domingos o días feriados legales, cuando transporten postes, tuberías, maquinaria u otros objetos de naturaleza estructural que no puedan desarmarse fácilmente, siempre que la longitud del objeto transportado no exceda los 80 pies y la longitud total del vehículo y la carga no exceda los 100 pies. • Los vehículos con dirección de tipo "stinger", diseñados específicamente para transportar vehículos motorizados o embarcaciones, pueden tener una longitud total de 80 pies, más un voladizo de 4 pies en la parte delantera y 6 pies en la parte trasera en las autopistas de Clase I y II. • Los transportadores de automóviles convencionales son vehículos diseñados específicamente para transportar vehículos motorizados o embarcaciones y pueden tener una longitud total de 65 pies más el voladizo en estas autopistas. La longitud total máxima en todas las demás calles y autopistas es de 60 pies. Excepciones generales a los requisitos de LONGITUD: • Todos los vehículos grandes que operen en autopistas de Clase I tendrán acceso por una distancia de 1 milla en cualquier calle o carretera hacia los puntos de carga y descarga, y hacia instalaciones de alimentación, combustible, descanso y reparación. • Los vehículos grandes que operen en carreteras estatales designadas tendrán acceso por una distancia de 5 millas de carretera en cualquier otra carretera estatal y en calles y carreteras locales designadas hacia los puntos de carga y descarga y hacia instalaciones de alimentación, combustible, descanso y reparación. (Esto se aplica únicamente en calles y carreteras locales específicamente designadas y señalizadas por los funcionarios locales). • Las calles o carreteras son designadas por el Departamento de Transporte o por los funcionarios locales que tengan la jurisdicción. 14 Altura. La altura máxima para todos los vehículos en todas las autopistas es de 13 pies y 6 pulgadas, incluyendo la carga, medida desde la parte inferior del neumático hasta la parte superior del vehículo. Peso. Los límites de peso máximos tanto en calles y carreteras estatales y locales designadas como no designadas son: • 20,000 libras en un eje sencillo; • 34,000 libras en un eje tándem; y • hasta 80,000 libras en una combinación de cinco ejes, dependiendo del espaciamiento entre ejes. No obstante, cualquier eje individual de un vehículo motorizado de dos ejes que pese 36,000 libras o menos y que no forme parte de una combinación de vehículos puede transportar una carga por eje de hasta 20,000 libras. Los estatutos y las ordenanzas municipales locales permiten excepciones para ciertos vehículos. 1.10 — Equipo de iluminación especial Los vehículos de segunda división o combinados que midan más de 25 pies de largo o más de 80 pulgadas de ancho (excluyendo espejos, defensas y otros dispositivos de seguridad) deben contar con equipo de iluminación especial. El siguiente equipo de iluminación es obligatorio en los vehículos que operen fuera de los límites de ciudades, pueblos o aldeas entre la puesta del sol y el amanecer: • Dos luces amarillas o ámbar en la parte delantera del vehículo. Debe haber una luz en cada esquina superior delantera y ser visible a 500 pies. • Tres luces rojas en la parte trasera del vehículo, dispuestas en línea horizontal y visibles a 500 pies. • Dos reflectores amarillos o ámbar en la parte delantera del vehículo. Debe haber un reflector en cada esquina inferior. • Dos reflectores rojos en la parte trasera del vehículo. El reflector no debe estar a más de 12 pulgadas de cada esquina inferior. Los vehículos de la segunda división que midan más de 20 pies y pesen más de 3,000 libras brutas deben contar con reflectores especiales cuando circulen fuera de los límites de ciudades, villas o pueblos entre la puesta y la salida del sol. Los reflectores requeridos, los cuales deben estar aprobados por el IDOT, incluyen: • Dos reflectores ámbar en cada lado del vehículo, a no más de 5 pies sobre la carretera y colocados aproximadamente a un tercio de la longitud del lateral del vehículo. • Un reflector ámbar en cada lado del vehículo, a no más de 12 pulgadas del frente y a no más de 5 pies sobre la carretera. • Un reflector rojo en cada lado del vehículo, a no más de 12 pulgadas de la parte trasera y a no más de 5 pies sobre la carretera. El equipo de iluminación especial requerido en remolques y semirremolques con un peso bruto de 3,000 libras o menos incluye: • Dos reflectores rojos en la parte posterior del vehículo. Los reflectores no deben estar a más de 12 pulgadas de cada esquina inferior y deben ser visibles a 300 pies con las luces delanteras encendidas. • Luces direccionales eléctricas. Los vehículos deben tener señales derecha e izquierda en la parte delantera y trasera. Estas deben ser visibles a 300 pies. Vehículos de la segunda división diseñados y utilizados para el remolque o izado de vehículos, equipados con luces utilizadas en combinación con luces oscilantes, intermitentes o rotativas de color ámbar, o ámbar y blanco. Estas luces no deberán encenderse excepto cuando dichos vehículos estén siendo utilizados realmente en la escena de un accidente o avería. 1.11 — Registro del vehículo. Tarjetas de identificación de registro. Las tarjetas de identificación de registro para vehículos de segunda división, excepto remolques de poste o semirremolques, deben estar en el vehículo, ser portadas por el conductor o por la persona que tenga el control del vehículo en todo momento. Los vehículos con un peso superior a 12,000 libras que estén registrados en otro estado deben portar un Permiso de Identificación de Reciprocidad de Flota de Illinois, una Tarjeta de Identificación de Prorrateo (Apportionment ID Card) o una Tarjeta de Identificación de Prorate (para calcomanías de Prorate) en lugar de la tarjeta de identificación de registro. Tarjeta de identificación del impuesto sobre combustibles para motores. Cuando así lo exija la ley del impuesto sobre combustibles para motores, se debe llevar en la cabina del vehículo o el conductor debe portar una Tarjeta de identificación del impuesto sobre combustibles para motores válida o una reproducción autorizada. El conductor debe mostrar o entregar la tarjeta a solicitud de un oficial de policía u otro agente del Departamento de Ingresos. Las tarifas de registro de la segunda división se basan en el tipo de operación y el peso bruto del vehículo y la carga. El programa de tarifas está impreso en la solicitud, la cual puede obtenerse en la oficina del Secretario de Estado. Placas de matrícula. Todos los vehículos, excepto las motocicletas, los ciclos motorizados de pedal, los remolques, los semirremolques, los tractocamiones y los vehículos registrados bajo el Plan de Registro Internacional (IRP), deben exhibir dos placas de matrícula (delantera y trasera) en 15 el vehículo. Los remolques deben exhibir una placa en la parte posterior, y los tractocamiones deben exhibir una en la parte delantera. Los autobuses registrados bajo el IRP deben exhibir una placa prorrateada en la parte posterior del autobús. El IRP es un acuerdo de reciprocidad entre los estados y las provincias canadienses, que establece el pago de las tarifas de licencia a una jurisdicción específica basándose en el número de millas recorridas por la flota en dicha jurisdicción. El estado base del solicitante emite para cada vehículo una placa de matrícula y una Tarjeta de Identificación de Prorrateo de Illinois que enumera las jurisdicciones en las que se han pagado las tarifas. También se indica el peso bruto con el cual se ha registrado el vehículo. Los vehículos con un peso bruto máximo superior a 26,000 libras deben exhibir placas del IRP. Los vehículos más ligeros que realicen comercio interestatal pueden optar por exhibir estas placas, mientras que aquellos que realicen comercio intraestatal deben tener placas del IRP. Placas prorrateadas. Se emiten tipos específicos de placas de matrícula para los vehículos de la segunda división. Las placas para vehículos de la segunda división se emiten para el año fiscal que comienza el 1 de julio y termina el 30 de junio. Las placas prorrateadas se emiten para el año de registro que comienza el 1 de abril y termina el 31 de marzo. Las placas de semirremolques son placas permanentes. Los transportistas intraestatales no pueden operar ningún vehículo motorizado en las carreteras de Illinois a menos que haya un letrero pintado o fijado en ambos lados del vehículo. Deben mostrarse el nombre comercial, el número de permiso y el número de registro del transportista. Las letras del letrero deben tener una altura mínima de 2 pulgadas con un trazo de 1/2 pulgada. Los vehículos de transportistas interestatales deben mostrar el número de registro o de autoridad del transportista en ambos lados de la unidad. Todas las grúas, excepto aquellas propiedad de agencias gubernamentales, deben exhibir un letrero en cada lado. El letrero debe tener letras de no menos de 2 pulgadas de altura que contrasten con el fondo. El letrero debe indicar el nombre, la dirección y el número de teléfono del propietario u operador. Documentos de movimiento. Un documento de movimiento garantiza que solo los vehículos de Illinois realicen actividades comerciales intraestatales dentro de los límites de Illinois. Todos los camiones, tractocamiones y autobuses registrados en otro estado deben portar uno o más documentos de movimiento que indiquen: • El punto de origen y destino del vehículo, así como su carga o pasajeros. • Si el viaje es remunerado (for-hire) o no remunerado (not-for-hire). • Si el viaje es interestatal o intraestatal, según lo define el Código de Vehículos de Illinois. 1.12 — Plan de Registro Internacional/Acuerdo Internacional sobre el Impuesto al Combustible Si usted opera un vehículo que requiere una CDL en el comercio interestatal, el vehículo, con pocas excepciones, debe estar registrado bajo el Plan de Registro Internacional (IRP) y el Acuerdo Internacional sobre el Impuesto al Combustible (IFTA). Estos programas obligatorios a nivel federal disponen la recaudación y distribución equitativa de las tarifas de licencias de vehículos y los impuestos sobre combustibles para motores de los vehículos que transitan por los 48 estados contiguos de los Estados Unidos y las 10 provincias canadienses. Bajo el IRP, las jurisdicciones deben registrar los vehículos prorrateados, lo cual incluye la emisión de placas y tarjetas de cabina o credenciales adecuadas; el cálculo, cobro y distribución de las tarifas del IRP; la auditoría de los transportistas para verificar la exactitud de la distancia y las tarifas reportadas; y el cumplimiento de los requisitos del IRP. Las responsabilidades del solicitante bajo el plan incluyen solicitar el registro de IRP en la jurisdicción base, proporcionar la documentación adecuada para el registro, pagar las tarifas de registro de IRP correspondientes, exhibir correctamente las credenciales de registro, mantener registros de distancia precisos y poner dichos registros a disposición para la revisión de la jurisdicción. El concepto básico de IFTA es permitir que un licenciatario (transportista) obtenga su licencia en una jurisdicción base para el reporte y pago de los impuestos sobre el uso de combustible para motores. Bajo el IFTA, se le otorga al licenciatario un conjunto de credenciales que autorizan las operaciones en todas las jurisdicciones miembros del IFTA. Los impuestos sobre el uso de combustible recaudados conforme al IFTA se calculan basándose en el número de millas (kilómetros) recorridas y el número de galones (litros) consumidos en las jurisdicciones miembros. El licenciatario presenta una declaración de impuestos trimestral ante la jurisdicción base, mediante la cual informará todas las operaciones realizadas en todas las jurisdicciones miembros del IFTA. Es responsabilidad de la jurisdicción base remitir los impuestos recaudados a las demás jurisdicciones miembros y representar a dichas jurisdicciones en el proceso de recaudación de impuestos, incluyendo la realización de auditorías. El titular de una licencia de IFTA debe conservar los registros que respalden la información reportada en la declaración de impuestos trimestral de IFTA. 16 P DISTRIBUIDO ILLINOIS 20 15 1234 21 El registrante de IRP y el licenciatario de IFTA pueden ser el propietario del vehículo o el operador del vehículo. El requisito para adquirir placas IRP para un vehículo y la licencia IFTA para un transportista se determina mediante las definiciones de IRP e IFTA para Vehículo Calificado y Vehículo Motorizado Calificado. Para fines del IRP: un Vehículo Calificado es (excepto según se disponga a continuación) cualquier Unidad de Potencia que se utilice o esté destinada a utilizarse en dos o más Jurisdicciones Miembro y que se utilice para el transporte de personas mediante remuneración o que esté diseñada, se utilice o se mantenga principalmente para el transporte de mercancías y: (i) tenga dos ejes y un peso bruto del vehículo o peso bruto registrado del vehículo que exceda las 26,000 libras (11,793.401 kilogramos); o (ii) tenga tres o más ejes, independientemente del peso; o (iii) se utilice en combinación, cuando el peso bruto del vehículo de dicha combinación exceda las 26,000 libras (11,793.401 kilogramos). Aunque es similar, el Vehículo Motorizado Calificado en el IFTA se refiere a un vehículo motorizado utilizado, diseñado o mantenido para el transporte de personas o mercancías y: (i) que tenga dos ejes y un peso bruto del vehículo o peso bruto registrado del vehículo que exceda las 26,000 libras o 11,797 kilogramos; o (ii) que tenga tres o más ejes independientemente del peso; o (iii) que se utilice en combinación, cuando el peso de dicha combinación exceda las 26,000 libras o 11,797 kilogramos de peso bruto del vehículo o peso bruto registrado del vehículo. El Vehículo Motorizado Calificado no incluye los vehículos recreativos. Si el vehículo que opera está registrado bajo el IRP y usted es un transportista con licencia bajo el IFTA, debe cumplir con los requisitos obligatorios de mantenimiento de registros para la operación del vehículo. Un método aceptado universalmente para capturar esta información es mediante la cumplimentación de un Registro de Distancia de Vehículo Individual (IVDR), o Informe de Viaje del Conductor. Este documento refleja la distancia recorrida y el combustible adquirido para un vehículo que opera de manera interestatal bajo el registro prorrateado (IRP) y las credenciales del impuesto sobre el combustible del IFTA. Aunque el formato real del IVDR puede variar, la información requerida para el mantenimiento adecuado de los registros no cambia. Para cumplir con los requisitos de los Registros de Distancia de Vehículos Individuales, estos documentos deben incluir la siguiente información: Distancia según el Artículo IV del Plan IRP: (i) Fecha del viaje (inicio y finalización). (ii) Origen y destino del viaje: ciudad y estado o provincia. (iii) Ruta(s) de viaje. (iv) Lectura del odómetro o del odómetro de cubo al inicio y al final del viaje. (v) Distancia total recorrida. (vi) Distancia dentro de la jurisdicción. (vii) Número de la unidad de potencia o número de identificación del vehículo. Combustible según la Sección P560 del Manual de Procedimientos de la IFTA: .300 Un recibo o factura aceptable debe incluir, entre otros, lo siguiente: .005 Fecha de compra. .010 Nombre y dirección del vendedor. .015 Número de galones o litros comprados. .020 Tipo de combustible. .025 Precio por galón o litro, o el monto total de la venta. .030 Número de unidad u otro identificador único del vehículo. .035 Nombre del comprador. Puede encontrar un ejemplo de un IVDR que debe completarse en su totalidad para cada viaje en el ejemplo anterior. Cada IVDR individual debe llenarse para un solo vehículo. Las reglas que debe seguir para determinar cómo y cuándo registrar la lectura del odómetro son las siguientes: 17 • Al inicio de la jornada. • Al salir del estado o provincia. • Al finalizar el viaje o la jornada. No solo es necesario registrar los viajes, sino que también se deben documentar las compras de combustible. Usted debe obtener un recibo de cada carga de combustible e incluirlo con su IVDR completado. Asegúrese de que cualquier viaje que ingrese esté siempre redactado en orden descendente y que sus viajes incluyan todos los estados o provincias por los que haya transitado en su ruta. Existen diferentes rutas que un conductor puede tomar, y la mayoría de las millas pueden ser dentro de un solo estado o provincia. Independientemente de si la distancia que recorre es principalmente en una sola jurisdicción o se distribuye entre varias jurisdicciones, se debe registrar toda la información del viaje. Esto incluye las fechas, las rutas, las lecturas del odómetro y las compras de combustible. Al completar este documento en su totalidad y conservar todos los registros requeridos tanto por el IRP como por el IFTA, se asegurará de que usted y su empresa cumplan con todas las leyes estatales y provinciales relacionadas con los requisitos de registro de combustible y distancia. El IVDR sirve como documento fuente para el cálculo de las tarifas e impuestos pagaderos a las jurisdicciones en las que opera el vehículo, por lo que estos registros originales deben conservarse durante un mínimo de cinco años y nueve meses. Además, estos registros están sujetos a auditorías por parte de las jurisdicciones fiscales. El incumplimiento en el mantenimiento de registros completos y precisos podría resultar en multas, penalizaciones y la suspensión o revocación de los registros del IRP y las licencias del IFTA. Para obtener información adicional sobre el IRP y los requisitos relacionados con el IRP, comuníquese con el departamento de vehículos motorizados de su jurisdicción base o con IRP, Inc., el repositorio oficial del IRP. Puede encontrar información adicional en el sitio web de IRP, Inc. en www.irponline.org. En la página principal del sitio web hay un video de capacitación disponible en inglés, español y francés. Para obtener información adicional sobre el IFTA y los requisitos relacionados con el IFTA, comuníquese con la agencia correspondiente de su jurisdicción base. 18

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